Jarabe de azúcar invertido
Definición
la solución acuosa, eventualmente cristalizada, de sacarosa parcialmente invertida por hidrólisis, en la que el contenido de azúcar invertido (cociente de fructosa por dextrosa: 1,0 > 0,1) debe ser superior al 50 por cien en peso de la materia seca y que responde, además, a los requisitos establecidos en el apartado 2.5. a) y c).
El calificativo «blanco» se reserva para el jarabe de azúcar invertido, con un contenido de cenizas conductimétricas que no supere el 0,1 por cien, en una solución cuya coloración no supere las 25 unidades ICUMSA, con arreglo al método que se describe en el apartado 3.c).
Legislación asociada
Real Decreto 1052/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria sobre determinados azúcares destinados a la alimentación humana.
Jarabe de glucosa
Definición
la solución acuosa purificada y concentrada de sacáridos nutritivos, obtenida a partir del almidón o de la fécula y/o de la inulina, que responde a las siguientes características:
a) Materia seca, no menos del 70 por cien en peso.
b) Equivalente en dextrosa, no menos del 20 por cien en peso de la materia seca, expresado en D-glucosa.
c) Cenizas sulfatadas, no más de 1,0 por cien en peso de la materia seca.
Legislación asociada
Real Decreto 1052/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria sobre determinados azúcares destinados a la alimentación humana.
Jarabe de glucosa deshidratado
Definición
el jarabe de glucosa parcialmente desecado cuya materia seca constituye al menos el 93 por cien en peso y que responde, además, a los requisitos establecidos en el apartado 2.7.b) y c).
Legislación asociada
Real Decreto 1052/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria sobre determinados azúcares destinados a la alimentación humana.
Jarabe de glucosa
Definición
la solución acuosa purificada y concentrada de sacáridos nutritivos, obtenida a partir del almidón o de la fécula y/o de la inulina, que responde a las siguientes características:
a) Materia seca, no menos del 70 por cien en peso.
b) Equivalente en dextrosa, no menos del 20 por cien en peso de la materia seca, expresado en D-glucosa.
c) Cenizas sulfatadas, no más de 1,0 por cien en peso de la materia seca.
Legislación asociada
Real Decreto 1052/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria sobre determinados azúcares destinados a la alimentación humana.
Jarabe de glucosa deshidratado
Definición
el jarabe de glucosa parcialmente desecado cuya materia seca constituye al menos el 93 por cien en peso y que responde, además, a los requisitos establecidos en el apartado 2.7.b) y c).
Legislación asociada
Real Decreto 1052/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria sobre determinados azúcares destinados a la alimentación humana.
Jarabe de inulina
Definición
producto obtenido inmediatamente después de la hidrólisis de inulina o de oligofructosa y que, en peso seco, contiene al menos un 10 % de fructosa en forma libre o en forma de sacarosa, expresado en equivalente de azúcar/isoglucosa. Para evitar que los productos de escaso poder edulcorante producidos por procesadores de fibra de inulina sin cuota de jarabe de inulina sean objeto de restricciones en el mercado, esta definición puede ser modificada por la Comisión.
Legislación asociada
Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre de 2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas
jarabe de inulina de cuota
Definición
cualquier cantidad de azúcar, isoglucosa o jarabe de inulina producida con cargo a una campaña de comercialización dada al amparo de la cuota de la empresa de que se trate.
Legislación asociada
Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre de 2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas
jarabe de inulina industrial
Definición
cualquier cantidad de isoglucosa o jarabe de inulina producida con cargo a una campaña de comercialización dada que esté destinada a la fabricación industrial de alguno de los productos a que se refiere el artículo 62, apartado 2.
Legislación asociada
Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre de 2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas