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Sentencia pionera: cuatro meses de cárcel por matar a palos a varios cachorros de perro

El Juzgado de lo Penal número 3 de Alcalá de Henares ha condenado a cuatro meses de prisión a un hombre por matar a palos y a golpes contra la pared a varios cachorros de perro recién nacidos, según una pionera sentencia del pasado mes de enero.

El caso se inició a raíz de un atestado instruido por la Guardia Civil de Algete por un delito de maltrato animal penado en el artículo 337 del Código Penal, que pena a los que maltraten con ensañamiento e injustificadamente a animales causándoles la muerte. El Ministerio Fiscal y la acusación particular de la Asociación para la Liberación y el Bienestar Animal (Alba) se sumaron a esta calificación del caso.

Los hechos se produjeron en 10 de septiembre de 2007 cuando J.H.A, de 72 años y sin antecedentes penales entonces se encontraba en una parcela de su propiedad en Cobeña. Fue visto por una vecina desde una ventana golpeando con un palo a siete cachorros de perro de raza podenca, recién nacidos de una perrA suya de caza. Así, lanzó a los cachorros contra la pared, ocasionándoles la muerte. Luego los arrojó a un contenedor de basura.

El juez le ha impuesto el abono de las costas del procesoEn el juicio oral, el acusado manifestó que los canesnacieron medio muertos, limitándose a "apretar un poco" para que no sufrieran. Y que no llamó al veterinario porque la clínica estaba cerrada, lo que fue negado en el juicio por la veterinaria del municipio. De las fotos aportadas tampoco se desprende que los animales nacieran malheridos.

Por todo ello, para el juez queda acreditado que el procesado infringió el delito que le imputan y por tanto le impone la pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales por un tiempo de un año y seis meses.

Además, le ha impuesto el abono de las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular. Contra esta resolución cabe un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Fuente: europa press para 20minutos.es
 

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