

Los desplazamientos de animales de compañía están regulados por normas sanitarias que garantizan su salud y la de las personas. Es importante verificar que el animal cumple todos los requisitos que establece el Ministerio de Agricultrua, Pesca y Alimentación. Pinche aquí.
Para obtener información orientativa sobre requisitos específicos en desplazamientos a cada país, puede consultarse la página web oficial del Ministerio Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), que dispone de un servicio (CEXGAN), el cual permite seleccionar en un menú el tipo de animal con el que se desea viajar desde España (VER) o hacia España (VER) y el país de destino u origen. Esta información es meramente orientativa y no exime de la responsabilidad del propietario del animal de consultar con la Embajada o Consulado.
Las condiciones para viajar con animales en un vehículo particular son las establecidas en el artículo 59 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. Habrá que atender a lo previsto en las ordenanzas municipales.
Puede dirigir sus consultas al Colegio de Veterinarios de Alicante enviando un mensaje a la siguiente dirección: secretaria@icoval.org