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Las zonas de los centros veterinarios donde se dé ejercicio clínico, exentas del RD para limitar temperaturas

07-09-2022

Los servicios jurídicos del Consejo General de Colegios Veterinarios de España (CGCVE) han emitido circular aclaratoria al respecto del Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización contenido en el RD-Ley 14/2022, de 1 de agosto, contenidas en su art. 29. En la misma se interpreta que las medidas de limitación de temperaturas contenidas en el referido art. -así como las establecidas al respecto de la necesidad de información mediante carteles o pantallas, cierre de puertas adecuado e inspección de eficiencia energética- no son de aplicación a los centros veterinarios en lo que respecta al ejercicio profesional clínico. Esto es, no afectarían a las zonas donde se trate a los animales o donde los mismos estén alojados para su cuidado. Más recientemente, desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se trasladó una aclaración a este mismo respecto con idéntica interpretación. 
   

Por el contrario, tales limitaciones en la temperatura así como las demás medidas citadas- sí afectarían a las zonas de los centros que pudieran tener actividad de comercio al por menor de venta de productos para las mascotas, separada e independiente de la actividad clínica. 

   Este RD establece unos rangos de temperatura en función del tipo de trabajo 
que se realiza: Entre 17ºC y 27ºC en locales con trabajos sedentarios o de oficina y entre 14ºC y 25ºC en locales donde se realicen trabajos ligeros. 

Alumbrado
En su respuesta oficial, el ministerio aclara además que el apagado del alumbrado de escaparates a partir de las 22 horas es “de plena aplicación a todos los establecimientos independientemente de su uso que a dicha hora estén desocupados, por tanto, y en el caso de prestar servicio las 24 h. no habrán de apagar los escaparates”.  Asimismo, indican que el artículo 29, hace referencia exclusivamente al alumbrado de escaparates, y no al resto de casuísticas incluidas (señales, carteles, anuncios luminosos, anuncios iluminados, mobiliario urbano y edículos como marquesinas, cabinas telefónicas, etc).

- Ver RD-Ley 14/2022

Etiquetas
eficiencia energética, temperatura, consulta, aclaración, rd
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