Inicio > Noticias

La Red Epizootiológica proyectará la acción del veterinario en la salud pública


“La aplicación de la nueva Red de Vigilancia Epizootiológica reforzará nuestra imagen ante la sociedad como profesión sanitaria al servicio de la salud humana y animal, como agentes claves en la salud pública y nos permitirá disponer de una magnifica herramienta para conocer la situación de las zoonosis y orientar campañas de sensibilización de la población en la tenencia responsable de animales”, valoró el coordinador de esta red a nivel autonómico, Santiago Peris. Así lo explicó el pasado 9 de noviembre el también vocal de la Junta de Gobierno del Colegio de Valencia (ICOVV), quien dirigió una jornada expresamente organizada para resolver posibles dudas sobre la aplicación del art. 6 (el referido a esta red) de la orden 3/2016, de 4 de marzo de 2016.

Antes, el 24 de octubre, la presidenta del Consell Valencià de Col-legis Veterinaris (CVCV), Inmaculada Ibor, compareció en rueda de prensa para informar a la opinión pública sobre esta iniciativa. Ibor estuvo acompañada por representantes de las dos administraciones autonómicas involucradas, en concreto, por el director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, Roger Llanes y por el jefe del Servicio de Vigilancia Epidemiológica de la Conselleria de Sanitat Universal, Javier Reig. Para respaldar el proyecto y evidenciar sus conexiones con la medicina humana, en el acto de presentación participó igualmente la presidenta del Ilustre Colegio de Médicos de Valencia, Mercedes Hurtado, quien defendió en su intervención que proyectos como éste reafirman el principio conocido como ‘One health’ (una sóla salud) “que nos obliga a veterinarios y a médicos a trabajar unidos, a colaborar en todas aquellas patologías, que si bien afectan a los animales también pueden transmitirse a las personas”
Será a partir del 1 de enero de 2018 cuando comenzará a estar plenamente activa la red, a través de la nueva intranet del RIVIA, para la comunicación de todas las zoonosis recogidas en esta orden pero ya se puede, de hecho, registrarlas.

El más completo
Esta red de vigilancia es la más completa de cuantas hasta el momento se han promovido en España. Efectivamente, antes que la Comunitat Valenciana, otras autonomías regularon esta misma cuestión en parecido sentido: Andalucía lo hizo en 2010 para la rabia, leishmania y la clamidiosis; Castilla y León lo estableció en 2014 para las dos primeras enfermedades citadas y en 2015 las Islas Baleares promovieron también una red para recoger los casos de ésas mismas dos zoonosis más una tercera, la equinococosis.
Ahora, como viene reflejado en la orden, el listado valenciano llegará hasta las diez, a saber: babesiosis, dirofilariosis, ehrlichiosis, enfermedad de Lyme, hepatozoonosis, leishmaniasis, leptospirosis, rabia, rickettsiosis y toxoplasmosis.

Diez días
Como se reiteró en ambas citas y recoge la orden, el plazo establecido para realizar tales comunicaciones de forma telemática al RIVIA será de diez días a partir de la confirmación del diagnóstico efectivo de la enfermedad a declarar.

Falta ‘grave’
Al encuentro con los colegiados acudió también Ángeles Gómez Simó, asesora jurídica del ICOVV, quien entró a detallar los deberes de los veterinarios con la nueva red creada. “Las enfermedades recogidas en la orden son de declaración obligatoria y si no se registran en tiempo y forma (en los días posteriores al diagnóstico confirmado) supondría la comisión de una infracción estatutaria y contra el código deontológico considerada como grave por su afección a la salud pública”, aclaró la letrada. Acto seguido, Gómez Simó detalló la posible sanción por tal motivo: multa de 31 a 75 cuotas colegiales o incluso suspensión temporal de ejercicio durante un año.
En caso de que el animal afectado por la enfermedad en cuestión no estuviera correctamente identificado, “no se podría comunicar porque el RIVIA sólo trabaja con los animales ya registrados”. En tal situación, la obligación del facultativo -aclaró- sería “advertir al propietario de las consecuencias en caso de incumplimiento de la obligación de identificar con el pertinente chip y pasaporte”.

El propietario
En idéntico sentido, la jurista recordó cuáles son las responsabilidades de los dueños de los animales afectados por alguna de estas enfermedades. Así, en virtud de la Ley 4/1994 de Protección de Animales de Compañía, Gómez Simó insistió en que los propietarios deben mantener a sus mascotas en “buen estado” y “procurarles los tratamientos sanitarios necesarios”. A partir de ahí, en caso de que se vulnerasen alguno de estos principios básicos y el perro acabara por transmitir la enfermedad a personas u otros animales y generara un daño “podrían incurrir en responsabilidad civil o penal”.

’Salud única’
La presidenta del CVCV, Inmaculada Ibor, coincidió con la del Colegio de Médicos, Mercedes Hurtado, en señalar que con esta iniciativa “se cierra el círculo del concepto de ‘Salud única”.
Efectivamente, hasta ahora, las fuentes oficiales disponen de información detallada de casos de zoonosis en personas (a través de la Red de Vigilancia Epidemiológica y la Redmiva, de vigilancia microbiológica para brotes epidémicos o enfermedades emergentes). Existe también información detallada sobre posibles zoonosis alimentarias, aquellas cuya vía de transmisión es esencial o fundamentalmente alimentaria, es decir, asociada al consumo de alimentos (bacterias como la Salmonelosis, Campylobacteriosis, Listeriosis, Yersiniosis, etc y las producidas por parásitos como Triquina o Anisakis). O sobre las zoonosis no alimentarias transmitidas de un animal al hombre, con o sin vector, pero sólo para el caso de animales de abasto (ganadería).
“La creación de esta red epizootiológica nos va a permitir obtener esta última información sobre la distribución de las principales zoonosis que afectan a los animales con los que más convivimos, que son nuestros perros y gatos”, concluyó Ibor.
Datos relevantes
Cada comunicación al RIVIA sobre las zoonosis de declaración obligatoria se inicia introduciendo el número de chip y el pasaporte del animal o el DNI del propietario. Seguidamente se detallará la enfermedad, los signos clínicos (hacerlo es voluntario) y el método de diagnóstico (de aclaración obligatoria). En tercera instancia, se detallará el municipio donde se pueda dar el contagio así como el producto (opcional) para prevenir el posible vector. Todos estos datos permitirán en el futuro conocer la situación real de las principales zoonosis, establecer la susceptibilidad y riesgo de la población animal o humana, plantear medidas preventivas más adecuadas para evitar contagios, conocer el grado de prevalencia, monitorizar y detallar su distribución...

 

Etiquetas
Arriba Volver Atrás
Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación

Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: ICOVAL
Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.
Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto. Por tanto, son las únicas cookies que estarán activas si solo pulsas el botón ACEPTAR.
El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Todas ellas las tenemos desactivadas por defecto, pero puedes activarlas en nuestro apartado CONFIGURACIÓN DE COOKIES: toma el control y disfruta de una navegación personalizada en nuestra página, con un paso tan sencillo y rápido como la marcación de las casillas que tú quieras.