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Auxiliar de veterinario, de indefinición a intromisión

De la indefinición a la intromisión puede haber una distancia corta. La situación creada con la figura del auxiliar veterinario “está propiciando actividades formativas que se mueven prácticamente sin control y al amparo, incluso, de una publicidad agresiva que puede llevar a engaño a los estudiantes”. Así se observó en el pleno de la Junta Interterritorial del Consejo General de Colegios Veterinarios de España (CGCVE) celebrado a mediados de diciembre, que acordó instar a las consejerías de Educación de las autonomías a reglar estos estudios. Junto a ello, se advirtió que la organización colegial impugnará todas las iniciativas que colisionen con las competencias de la profesión veterinaria.

Y para muestra, un botón. El 30 de noviembre, gracias a la información transmitida por una colegiada, el Colegio de Veterinarios de Alicante (Icoval) puso en conocimiento del CGCVE uno de ésos casos de ‘colisión’ evidente. Efectivamente, Inesem Business School (Granada) mantenía por aquellas fechas un anuncio cuyo título ya era abiertamente un primer engaño: ‘Curso Superior Universitario de Auxiliar de Veterinaria’.

En su desarrollo esta escuela de negocios iba más lejos en tanto lo calificaba falsamente como “curso homologado y baremable en oposiciones a la Administración Pública”. La intromisión expresa sobre la profesión verdaderamente universitaria y superior de Veterinaria (así reconocida en RD 1384/1991 y Orden ECI/333/2008, de 13 de febrero) llegaba al poco, cuando en su presentación se instaba a los alumnos a labores reservadas también por Ley (44/2003 de 21 de noviembre) para esta cualificación: “Aprende a vacunar, desparasitar, diagnosticar y a cuidar de los animales de manera profesional ejerciendo como veterinario” (sic), decía literalmente el anuncio. Una información que, según la carta remitida por el CGCVE a Inesem, era “gravemente errónea y eventualmente dañosa, entre otros, para los propios interesados en cursar tal formación”.

‘Actualización automatizada’

En su carta de respuesta a tal requerimiento, emitida el 5 de enero, el centro atribuyó tal anuncio a “un error en la actualización automatizada de la página web”. Y se acababa informando de la rectificación a la que se iba a proceder para que el anuncio pasase a “ceñirse al contexto propio de las funciones de auxiliar de veterinaria” (ver literalidad del texto reproducido en la foto inferior -el texto ya revisado).

Informe de situación

No es de extrañar, no siendo éste un caso aislado, que el CGCVE se encargase en la referida Junta Interterritorial de diciembre de informar sobre cuál es el estado legal de la cuestión. De hacer tal cosa se responsabilizó el director del Departamento Jurídico del Consejo, Juan José Jiménez, quien repasó la cronología de la figura del auxiliar veterinario. Ésta fue efectivamente creada por RD en febrero de 2011 y contempla el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales. Posteriormente, se aprobaron otras titulaciones de profesionalidad que afectan a auxiliares veterinarios (técnico superior en ganadería y asistencia en sanidad animal) y vio la luz el real decreto de 19 de julio de 2014 que hace referencia a los adiestradores y cuyas funciones podrían colisionar con la profesión veterinaria. Finalmente, se dio carta de naturaleza a los auxiliares oficiales de matadero, figura que solo se ha implementado en Madrid y en Cataluña.

Diversas organizaciones colegiales han recurrido a instancias judiciales para impugnar estos decretos, que obedecen al impulso del Ministerio de Educación de crear títulos de formación profesional. Pero el Tribunal Supremo ya se ha manifestado argumentando que esta legislación no constituye regulación del ejercicio profesional y, en consecuencia, no se puede atacar desde el punto de vista de la invasión de competencias por parte de las profesiones. Esta doctrina, por tanto, veta cualquier intento de anulación de la misma por vía contenciosa. Todos los recursos han sido desestimados.

De ahí la necesidad de reglar esta figura, cuestión que compete a las comunidades autónomas.

 

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